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Un bebé de 8 meses retenido en Moscú tras nacer mediante un proceso de gestación subrogada

El Consulado en Moscú no reconoce a las madres que no aportan material genético propio pese que un Juzgado de Madrid, en similares circunstancias, si lo hizo.

Desde EasyFIV abogamos para que terminen las contradicciones legales que no hacen más que producir sufrimientos y graves trastornos a las madres por gestación subrogada. Un bebé español de 8 meses, hijo de una vecina de Ibiza, se halla retenido en Moscú ante la imposibilidad de conseguir, por parte del Consulado español en la ciudad, el salvoconducto para viajar a España, según ha denunciado esta ibicenca. La niña, Karla María Gregorio Roig, nació en Moscú el 7 de julio de 2015 mediante un proceso de gestación subrogada. Es hija de esta española soltera, María Teresa Gregorio Roig, de 47 años de edad y residente en Ibiza. La mujer ha asegurado estar en "una situación que considero absolutamente dramática para mi hija y para mí". Según ha explicado, comenzó este proceso en 2006, cuando trató de adoptar por mediación del Consell de Ibiza y del Govern en Nepal y China.

Al no conseguir su objetivo por los cambios legislativos registrados en estos países, en 2014 decidió acudir a una empresa española especializada en Rusia en procesos de gestación subrogada. En su caso, la mujer no ha podido aportar material genético propio por su edad, ni ha dado a luz a su hija al tratarse de un proceso de maternidad sustitutiva.

Se da la circunstancia de que el Consulado español en Moscú no reconoce a las madres que no aportan material genético propio, pese a que un Juzgado de Primera Instancia de Madrid, en otro caso idéntico, sí ha reconocido la filiación de una madre española, pese a no dar a luz ni tampoco aportar material genético.

Durante los primeros seis meses, María Teresa Gregorio estuvo viviendo en un hotel de Moscú y desde hace dos meses ha alquilado un apartamento, cuya renta roza los 1.000 euros mensuales. "Se me está acabando el dinero, así que dentro de poco tendré que pedir limosna delante del Consulado. No tengo ni cuna y duermo con la niña en la misma cama. Pero yo no me voy de Rusia sin mi hija y desde luego lo que quiero es volver a España", ha denunciado.

Según ha explicado esta mujer a través de sus asesores legales, el Consulado español en Moscú está vulnerando el artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño de la ONU, el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, los artículos 7 y 8 del Real Decreto 116/2013 sobre expedición de pasaporte provisional y salvoconducto, el artículo 14 del Convenio entre el Reino de España y la URSS sobre asistencia judicial en materia civil, de 20 de octubre de 1990, y el artículo 2 del Convenio de 5 de octubre de 1961.

Tras el nacimiento de la menor, según relatan sus asesores, Gregorio presentó el certificado de nacimiento de la niña para su inscripción en el Registro Civil Consular español de Moscú, así como una solicitud de salvoconducto para que la niña pudiera viajar a España. Ambas solicitudes han sido denegadas.

Por un lado, el Consulado no reconoce la sentencia de un juez de la Federación Rusa que confirma que María Teresa Gregorio Roig es la madre legal de la menor y que se ha aplicado correctamente la ley rusa, respetándose los derechos de todas las partes involucradas en el procedimiento de gestación subrogada.

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